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Foto del escritorArmando Martinez

Celulares: Corte del servicio durante el COVID-19

Actualizado: 4 jun 2020

Y de servicios de telecomunicaciones en general ante la falta de pago


Nota.- Ver actualización del 04.06.2020 al final de este artículo.


Debido al alto impacto económico que ha generado en los operadores de telefonía la falta de pago de los servicios de telecomunicaciones que brindan, originado por las disposiciones del Gobierno que establecieron el impedimento de corte por falta de pago, OSIPTEL ha dispuesto (Resolución N° 043-2020-PD/Osiptel) que “durante el estado de emergencia”, esto es, por el espacio de menos de un mes, los operadores puedan cortar sus servicios: desde el 3 de junio si el adeudo es de 3 meses o más y desde el 12 de junio si el adeudo es de dos meses o más.


Los operadores podrán implementar esta medida hasta el 30 de junio. Luego de este término, se sujetarán a las condiciones del servicio ordinarias que existían antes de la cuarentena.


Actualización:


El 04.06.2020, acorde con los adelantos comentados en diversos medios periodísticos que ya veníamos escuchando, OSIPTEL ha emitido la Resolución de Consejo Directivo N° 00067-2020-CD/Osiptel, que modifica el artículo 1 de la Resolución N° 043-2020-PD/Osiptel y, específicamente, los plazos para autorización de corte de servicio.


Así, la nueva Resolución pospone la posibilidad de corte a partir del 15 de junio del 2020, respecto de servicios que a esa fecha mantengan dos (2) o más recibos pendientes de pago, consecutivos o no.


Lo demás sigue igual, esto es, los operadores tendrán opción de realizar el corte bajo estas condiciones particulares hasta el 30 de junio de 2020, pues a partir del 1 de julio operadores y clientes se sujetarán a las condiciones del servicio ordinarias que existían antes de la cuarentena.


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